Viáticos nacionales:
Valores vigentes desde el 01/11/2024 AL 31/12/2024
Autoridades Superiores: 110.979
Resto: 90.427
Valores vigentes desde el 02/10/2024 AL 31/10/2024
Autoridades Superiores: 103.913
Resto: 84.670
Valores vigentes desde el 01/09/2024 AL 01/10/2024
Autoridades Superiores: 101.875
Resto: 83.010
Valores vigentes desde el 01/08/2024 AL 31/08/2024
Autoridades Superiores: 98.908
Resto: 80.592
Valores vigentes desde el 01/07/2024 AL 31/07/2024
Autoridades Superiores: 92.008
Resto: 74.969
Valores vigentes desde el 05/06/2024 AL 30/06/2024
Autoridades Superiores: 88.469
Resto: 72.086
Valores vigentes desde el 03/05/2024 AL 04/06/2024
Autoridades Superiores: 81.164
Resto: 66.134
Valores vigentes desde el 03/04/2024 AL 02/05/2024
Autoridades Superiores: 75.152
Resto: 61.235
Valores vigentes desde el 01/03/2024 AL 02/04/2024
Autoridades Superiores: 62.875
Resto: 51.232
Valores vigentes desde el 01/01/2024 AL 29/02/2024
Autoridades Superiores: 57.845
Resto: 47.133
Viáticos al exterior:
Países Europeos: 170 euros
Países latinoamericanos: hasta USD 150
Otros: Hasta USD 170
A partir del 1° de mayo de 2023, los valores se actualizan en base a la variación existente en el sueldo básico del cargo Docente de Profesor Titular -Dedicación Exclusiva, tomando como base el mes de marzo 2023, debiendo la Dirección General de Personal y Haberes notificar a la Secretaría de Gestión y Administración Presupuestaria de dicha variación para que ésta instrumente los medios necesarios para la actualización de los valores (Art. 6 – Res. Rector 1209/2023).
La solicitud se inicia por Jano, generándose automáticamente un expediente al que deberán *adjuntar la documentación justificativa del evento*. En caso que el agente no intervenga firmando digitalmente el expediente, su firma holográfica será reemplazada por una nota/mail donde indique los datos detalles del evento a modo de solicitud.
– El expediente se deberá enviar a Dirección de Rendición de Cuentas o a Despacho General en caso de tratarse de un evento en el exterior o de un Secretario (en todos los casos)
– Los montos que indican la normativa son *máximos a considerar*. Al momento de generar la solicitud se pueden indicar valores menores según lo autorizado.
– Recomendamos controlar el borrador antes de generar el expediente ya que no existe posibilidad de incluir modificaciones posteriores.
No podrán ser tramitados vía liquidación y pago, reintegro, caja chica o adelanto a responsable comprobantes por los conceptos incluidos en un viático: alojamiento, comidas y traslados internos en el lugar de destino. (siempre y cuando no exista otra normativa que así lo indique)
Sugerimos consultar el MANUAL de Viáticos desde Ayuda en el sistema JANO
Algunos ejemplos de documentación justificativa del evento:
– Mail de aceptación de trabajos presentados en congresos donde conste lugar y fecha de realización del evento
-Contratos de servicios donde conste la realización de reuniones/eventos/visitas, etc.
– Invitaciones a participar
– Detalles de los eventos mediante impresión de páginas web
Las solicitudes de *viáticos* deberán ser enviadas a la oficina *DGA-Dirección de Rendición de Cuentas* o a Despacho General en caso de tratarse de un evento en el exterior o de un Secretario (en todos los casos). En el caso de viáticos para concursos docentes, deben enviarse a la SGAyP a efectos de afectar la partida correspondiente (004.011)
De acuerdo a los artículos 1 y 4 de la ordenanza 01/2017 le beneficio se integra de la siguiente forma:
a) Alojamiento 50%
b) Comidas 30%
c) Traslados internos 20%
Por otro lado, cuando el desplazamiento no se efectuare en vehículo oficial se reconocerá en tal concepto el importe de los pasajes efectuados en los medios de transporte público. En caso de que el beneficiario utilice para su traslado vehículos particulares, quedando bajo su exclusiva responsabilidad la utilización del mismo, tendrá derecho a percibir en concepto de gastos de traslado únicamente el importe que surge de aplicar la Base Tarifaria de Aplicación (BTA) establecida por el Ministerio de Transporte de la Nación, teniendo en cuenta los kilómetros desde el asiento habitual al de destino ida y vuelta en servicio cama ejecutivo. (Art. 8 – Ordenanza Nro 1/2017)
En el caso de docentes y/o investigadores de otras universidades y/o institutos que sean convocados para procesos de concursos o evaluaciones de proyectos, corresponde reconocer 50% del viático en concepto de comidas y traslados internos. Se podrá reconcer el gasto de alojamiento en el hotel que indique la Universidad, (Art. 10 – Ordenanza Nro 1/2017)
En casos de viáticos al exterior, la autorización debe darla el Rector por lo que el expediente debe enviarse a Despacho General
Corresponde liquidar viáticos para los siguientes beneficiarios:
a- Personal Académico, No Docente, de Gestión y Autoridades Superiores pertenecientes a la
Universidad Nacional del Litoral (Art. 2 Ordenanza 01/2017).
b- Personas contratadas y becarios (Art. 9 Ordenanza 01/2017).
c- docentes y/o investigadores de otras universidades y/o institutos que sean convocados para procesos de concursos o evaluaciones de proyectos (Art. 10 Ordenanza 01/2017).
cuando para desarrollar sus funciones deba desplazarse a más de cincuenta kilómetros (50 Km.) de su asiento habitual o cuando deba hacerlo a una distancia menor siempre que lo
obligue a pernoctar fuera de él. (Art. 1 Ordenanza 01/2017).
Es importante aclarar que en el caso del punto c (docentes y/o investigadores de otras universidades y/o institutos que sean convocados para procesos de concursos o evaluaciones de proyectos) corresponde reconocer 50% del viático en concepto de comidas y traslados internos. A demás se podrá reconocer los Gastos de Traslado y el gasto de alojamiento en el hotel que indique la Universidad,
El Régimen de viáticos y reconocimiento de gastos está aprobado por Ordenanza Nro 1/2017
Si, es posible limitar el valor del viático tanto nacional como al exterior. La función está habilitada en el JANO en el recuadro donde se calcula el valor
Ese error significa que ya existe una liquidación de viáticos para el mismo agente por el período consignado.
No es posible liquidar dos viáticos a un mismo agente para el mismo período de tiempo.
Puedes consultar el Manual de viáticos de JANO ingresando con tu usuario y contraseña en Ayuda: “Manual de viáticos”
Para generación de viáticos con fondos de SAT – SET, se deben seguir los siguientes pasos:
– Desde el perfil Administración en JANO, crear el evento correspondiente y la solicitud de viático imputándolo a la partida “000.000.000” tal como hoy lo hacen cuando realizan una gestión desde el módulo “Trámites de Pago”.
De esta manera, el viático generado se direccionará a la oficina del Sistema de Mesa de Entradas correspondiente a cada Unidad Ejecutora.
Una vez generado el viático en JANO y definido por tanto, el importe del viático, se deberá realizar la liquidación correspondiente en ILITIA. Para esto, utilizar el número de Viático de JANO como Numero de procedimiento en ILITIA. Cuando se encuentre autorizada, se deberá cargar la liquidación al expte generado desde el sistema de mesa de entradas.
En el caso de docentes y/o investigadores de otras universidades y/o institutos que sean convocados para procesos de concursos o evaluaciones de proyectos, corresponde reconocer:
– 50% del viático en concepto de comidas y traslados internos.
– Se podrá reconocer el gasto de alojamiento en el hotel que indique la Universidad (Art. 10 – Ordenanza Nro 1/2017)
– Gastos de traslado: particular, oficial o público según artículo 8 – Ordenanza Nro. 1/2017.
En el relacionado de JANO deberá imputarse a la 000.000.000, con indicación en la Nota que se solicita que el gastos sea imputado a la partida 0004.011.000 de Concursos docentes.
Se debe agregar al expediente de solicitud de viáticos u hotel, las resoluciones de la autoridad superior que aprueben el concurso respectivo, fijando fecha y datos del jurado interviniente.