Descripción del trámite

Consiste en la solicitud y liquidación de viáticos y pasajes a los agentes pertenecientes a la UNL, para atender los gastos que le ocasione el desempeño de comisiones de servicios en el país o en el exterior

Destinatarios del trámite

  • Personal docente
  • Personal no docente
  • Personal de apoyo a la gestión
  • Autoridades superiores

Lugar/es donde se realiza

Dirección General de Personal y Haberes (DGPyH) ó Departamento de Personal de la Unidad Académica donde presta servicios

El trámite paso a paso

1- Completar los datos correspondientes a la “Solicitud de autorización” del formulario.
2- Adjuntar el detalle de los gastos que cubre la entidad invitante y una copia de la invitación, para el caso de una beca o invitación.
3- Adjuntar la planilla resumen del itinerario del viaje y la resolución de autorización del Rector, para el caso de viaje al exterior.
4- Autorizar el formulario mediante la firma del Superior.
5- Certificar el formulario en la DGPyH ó en el Departamento de Personal de la Unidad Acadé-mica donde presta servicios.
6- Entregar el formulario en Tesorería General para su liquidación.
7- Retirar dentro de las 24 o 48 hs. el cheque correspondiente a los viáticos y/o pasajes liquida-dos.

Formularios del trámite

Régimen de viáticos y pasaje

Documentación que se debe presentar

– Detalle de los gastos que cubrirá la entidad invitante para casos de becas o invitación
– Planilla resumen itinerario del viaje para casos de viajes al exterior
– Resolución de autorización del Rector para casos de viajes al exterior

Normativa relacionadas con el trámite

– Ordenanza C.S 4/2005. Viáticos.
– Ordenanza C.S. 5/2005. Viáticos.
– Resolución Rector 596/2006. Viáticos.
– Resolución Rector 72/2008

– Descargar normativa relacionada

Más información sobre el trámite

El viático en el país, consiste en una asignación diaria fija, con exclusión de los pasajes u órdenes de carga, para atender a todos los gastos personales que ocasione el desempeño de una comisión de servicio a lugares alejados a más de cincuenta kilómetros (50 Km.) del asiento habitual que aún, ubicado a una distancia menor, obligue al agente a pernoctar en él.

Para el desplazamiento de los agentes en cumplimiento de comisiones de servicios en el país, se reconocerá el importe de los pasajes de transporte utilizados; en caso de que el beneficia-rio, utilice para su traslado automotores particulares, quedando bajo su exclusiva responsabilidad la utilización del medio, tendrá derecho a percibir en concepto de gastos de movilidad, únicamente el importe correspondiente al costo del pasaje en ómnibus de línea al lugar de destino.

El viático en el exterior, consiste en una asignación diaria fija, con exclusión de los pasajes u órdenes de carga, para atender a todos los gastos personales que les ocasione las misiones o comisiones autorizadas.

Las solicitudes de autorización que se basen en la existencia de una invitación o de una beca, se actuará de acuerdo con el siguiente detalle, según se trate de invitaciones que cubran alguno de los gastos que se mencionan:
a) De pasajes: no se asignará importe para este concepto. .

b) De alojamiento y comida: no se asignará viático.

c) De alojamiento: se asignará hasta el veinticinco por ciento (25%) de los viáticos que correspondan.

d) De comida: se asignará hasta el cincuenta por ciento (50%) de los viáticos que correspondan.

En los casos de los incisos b),c) y d), precedentes, se extenderán además, las órdenes oficiales de pasajes conforme corresponda.

Para el otorgamiento del viático se tendrán en cuenta las siguientes normas:
-Se contará en horas el tiempo que medie entre la hora del día en que el agente sale de su asiento habitual y la hora del día que regrese a ella.
-Por cada 24 horas del total de horas calculado, corresponderá un día de viático y por cada resto mayor a 12 horas corresponderá la liquidación de medio día de viático.
-Para el caso, que el traslado sea a lugares alejados a más de 50 Km, y no se cumpliera el mínimo de 12 horas, igualmente corresponderá medio día de viático.
-Para las Autoridades Superiores, en concepto de viáticos en el país le corresponderá una suma diaria fija de $290.
-El resto de los agentes, percibirán un viático en el país, equivalente al 10% del salario que corresponda al cargo, por un monto no superior a $260 y no inferior a $170.
-Para los agentes que deban cumplir misiones o comisiones en el exterior, los importes serán:
-Países Europeos: Hasta 170 euros por día.
-Países Latinoamericanos: Hasta 150 dólares por día.
-Otros: Hasta 170 dólares por día.