Descripción del trámite
Consiste en la solicitud de licencia para el desempeño de cargos de mayor jerarquía.
El trabajador que fuera designado o electo para desempeñar cargos de mayor jerarquía en el orden nacional, provincial o municipal, queda obligado a solicitar licencia sin percepción de haberes, que se acordará por el término en que se ejerzan esas funciones. Tendrán derecho a la reserva de su empleo por parte del empleador, y a su reincorporación hasta 30 días después de concluido el ejercicio de aquellas funciones. El período durante el cual haya desempeñado las funciones aludidas será considerado período de trabajo a los efectos del cómputo de su antigüedad.
El trabajador electo para desempeñar funciones en la conducción de la Federación Argentina del Trabajador de Universidades Nacionales (FATUN) previstas en su estatuto, tendrá derecho a licencia paga, conservando el puesto de trabajo hasta treinta (30) días después de finalizado el mandato para el cual fuera electo, período dentro del cual deberá reintegrarse.
Destinatarios del trámite
Personal no docente
Lugar/es donde se realiza
Dirección General de Personal y Haberes (DGPyH) ó Departamento de Personal de la Unidad Académica donde presta servicios
El trámite paso a paso
1- Presentar una nota dirigida al Rector, Decano ó Director con 10 días de anticipación al inicio de la licencia por Mesa de Entradas del lugar donde presta servicios.
2- Adjuntar constancia que acredite el desempeño de las nuevas funciones.
3- La DGPyH ó el Departamento de Personal de la Unidad Académica donde presta servicios, informarán la situación de revista de la agente y el encuadre de la licencia solicitada.
4- Es atribución del Rector / Decanos / Director otorgar la licencia.
Formularios del trámite
UNL – Nota Licencia cargos de mayor jerarquia.pdf
Documentación que se debe presentar
– Nota de solicitud de licencia por desempeño de cargos de mayor jerarquía
– Constancia que acredite el desempeño de las nuevas funciones
Normativa relacionadas con el trámite
– Decreto 366/2006. Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales.
– Resolución Rector 7/1982. Normas relativas al otorgamiento de licencias, justificaciones de inasistencias y franquicias.